La ley española aplica a los ciclistas el mismo límite general de alcohol que a los conductores: 0,5 g/l en sangre o 0,25 mg/l en aire espirado. La Guardia Civil puede hacerte la prueba sobre la bici. Las cifras publicadas fijan la multa en 500 € entre 0,25 y 0,50 mg/l y en 1.000 € por encima de 0,50 mg/l, sin puntos porque para ir en bici no hace falta carnet. Esas cuantías salen de la Ley de Tráfico, no del Reglamento, y conviene comprobarlas en el texto oficial vigente. Mide la caña post-ruta — la costumbre mallorquina de parar a tomar algo no exime la vuelta a casa.
Límite de alcohol para ciclistas
Máximo 0,5 g/l en sangre y 0,25 mg/l en aire espirado: el límite general, el mismo que para los conductores. Te pueden hacer la prueba sobre la bici.
Fuente:Reglamento General de Circulación (BOE-A-2003-23514)
Preguntas comunes
No se puede usar el móvil al rodar
Está prohibido sujetar el móvil, llevar auriculares en ambos oídos o usar cualquier dispositivo que afecte a la atención o al oído mientras se circula en bici.
Esta guía resume la normativa en lenguaje claro pero no es asesoramiento legal. Las leyes cambian — sigue siempre la cita oficial enlazada en cada página.