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Normativa ciclista
España (estatal)

Bicicletas eléctricas: 25 km/h, 250 W, solo asistencia al pedaleo

Las EPAC de hasta 25 km/h y 250 W de potencia continua se consideran bicicletas. E-bikes más rápidas o con acelerador necesitan matrícula, seguro, casco y carnet.

Confirmado · 21 may 2026 · BOE
Multa si te pillan
200 €–500 €
Cifra de la Ley de Tráfico · consulta el texto vigente

Las EPAC con motor continuo de 250 W, asistencia que se corta a los 25 km/h y solo funciona pedaleando se consideran bicicletas en España y siguen las normas de esta guía. Cualquier e-bike más rápida — speed-pedelec, acelerador independiente, S-pedelec — pasa a ser ciclomotor: necesita matrícula, seguro, carnet L y casco de ciclomotor. La mayoría de la flota de alquiler en Mallorca son EPAC de 25 km/h; confírmalo con el alquiler antes de reservar si traes la tuya.

Fuente

Esta guía resume la normativa en lenguaje claro pero no es asesoramiento legal. Las leyes cambian — sigue siempre la cita oficial enlazada en cada página.

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